Solicitantes de georreferenciación alternativa: 30 días para presentar instancia en registro o en sede electrónica
Ficha tecnica
Resumen
La resolución establece que las solicitudes de georreferenciación alternativa pueden presentarse en el Registro de la Propiedad o mediante instancia privada en la Sede Electrónica del Catastro, tras haberse emitido un informe de validación gráfica (art. 199.2 Ley Hipotecaria). Este cambio permite mayor accesibilidad y flexibilidad en el trámite, especialmente para propietarios en zonas lejanas de sedes administrativas.
En 2 claves
- Solicitudes de georreferenciación alternativa pueden presentarse en sede electrónica del Catastro (art. 199.2 Ley Hipotecaria)
- Se requiere informe de validación gráfica emitido por la Sede Electrónica del Catastro (informe de validación gráfica, emitido por la Sede Electrónica del Catastro, de fecha 22 de abril de 2024)
A quien afecta
Aplica a este perfil
- Propietarios de fincas en Las Palmas de Gran Canaria
- Con solicitud de georreferenciación alternativa
Aplica a este perfil
- Autónomos con fincas en Las Palmas de Gran Canaria
- Que presenten solicitud de georreferenciación alternativa
Aplica a este perfil
- Titulares de fincas en Las Palmas de Gran Canaria
- Que soliciten georreferenciación alternativa mediante informe de validación gráfica
art. 199.2 Ley Hipotecaria
Como afecta a los implicados
Los propietarios de fincas en Las Palmas de Gran Canaria pueden presentar sus solicitudes de georreferenciación alternativa directamente en la sede electrónica del Catastro, reduciendo desplazamientos. Las administraciones de registro pueden optimizar procesos al recibir solicitudes electrónicas. Los asesores deben informar a sus clientes sobre esta vía alternativa y verificar que el informe de validación gráfica esté disponible y válido.
Que hacer y antes de cuando
| Accion | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Verificar disponibilidad del informe de validación gráfica emitido por la Sede Electrónica del Catastro | art. 199.2 Ley Hipotecaria | |
| Presentar la solicitud de georreferenciación alternativa en el Registro de la Propiedad o en la Sede Electrónica del Catastro | art. 199.2 Ley Hipotecaria |
Linea de vida
Recursos BMC para esta norma
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