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BOE-A-2026-12503 ·9 de junio de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Fiscal

Operadores de pesca: 45 días para registrar buques auxiliares y 7 días para solicitar permisos por capturas fortuitas de atún rojo

La Secretaría General de Pesca establece las disposiciones de aplicación para el plan de ordenación del atún rojo en el Atlántico oriental y el Mediterráneo para 2026. La norma fija la cuota nacional en 7.938,81 toneladas (art. Primero) y regula los procedimientos para la captura fortuita y el registro de buques auxiliares. Se incorporan nuevas obligaciones derivadas de las recomendaciones de la CICAA para asegurar la gestión del stock.

En 3 claves

  1. Cuota de atún rojo para España en 2026 fijada en 7.938,81 toneladas, art. Primero (art. Primero)
  2. Plazo de 45 días para comunicar datos de buques auxiliares (remolcadores, apoyo y auxiliares), art. 3 (art. 3)
  3. Solicitud de permiso especial por capturas fortuitas con 7 días de antelación, art. 2.b (art. 2.b)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas pesqueras que operen con atún rojo
  • Operadores de buques auxiliares o de apoyo

Aplica a este perfil

  • Armadores o explotadores de buques pesqueros sujetos a la regulación del atún rojo

Cómo afecta a los implicados

Para los operadores de buques que realizan capturas fortuitas de atún rojo, se impone la obligación de solicitar un permiso especial mediante la Sede electrónica del MAPA con al menos 7 días de antelación (art. 2.b). Los operadores de buques auxiliares (remolcadores de jaulas, apoyo y auxiliares) deben comunicar sus datos con un plazo mínimo de 45 días antes del inicio de su actividad (art. 3). El incumplimiento de los procedimientos de comunicación y registro afectará a la autorización operativa de dichos buques.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Comunicar datos de buques auxiliares (remolcadores, apoyo y auxiliares) por correo electrónico art. 3 45 días antes del comienzo de la actividad
Solicitar permiso especial de pesca para atún rojo por capturas fortuitas vía Sede electrónica art. 2.b 7 días de antelación a la fecha prevista de inicio de campaña
Comunicar la lista de buques a la Subdirección Control e Inspección antes de solicitar el permiso especial art. 2.b Previamente a la solicitud en Sede electrónica

Línea de vida

2026-06-09PublicacionPublicación en el BOE
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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