La Orden APA/568/2026 concreta las ayudas al sector agrario y pesquero establecidas en los artículos 46, 50 y 51 del Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo. Estas adaptaciones entran en vigor el 7 de junio de 2026, afectando a empresas que reciben ayudas por carburantes o combustibles, y modifican el régimen de ayudas de Estado en el sector. El cambio permite una mayor claridad en los criterios de acceso y condiciones de financiación.
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art. 46, 50 y 51 del Real Decreto-ley 7/2026
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Para empresas agrarias y pesqueras, se establecen nuevas condiciones de acceso a ayudas por carburantes y combustibles, lo que puede afectar su capacidad de financiamiento. Las administraciones deben aplicar las nuevas condiciones desde el 7 de junio. Los asesores deben revisar los proyectos de ayudas para asegurar su conformidad con los nuevos criterios. Los agricultores y pescadores que dependen de estas ayudas deben evaluar si cumplen con los nuevos requisitos.
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