Los solicitantes pueden exigir inscripción de representación gráfica georreferenciada alternativa tras tramitación del art. 199.2 de la Ley Hipotec…
Ficha tecnica
Resumen
La Resolución de 4 de febrero de 2026 establece que, tras tramitar el procedimiento previsto en el art. 199.2 de la Ley Hipotecaria, se puede inscribir una representación gráfica georreferenciada alternativa y rectificar la descripción de la finca. Este mecanismo permite ajustar la cabida de la finca desde 5.000 hasta 4.994 m², con una edificación de 133 m², mediante un informe de validación gráfica con código seguro de verificación (art. 199.2).
En 2 claves
- Se permite la inscripción de representación gráfica georreferenciada alternativa tras tramitación del art. 199.2 de la Ley Hipotecaria (art. 199.2)
- La cabida se ajusta de 5.000 a 4.994 m² con edificación de 133 m² mediante informe de validación gráfica con código seguro (art. 199.2)
A quien afecta
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- Propietarios de fincas en San Sebastián de La Gomera
- Que hayan tramitado el procedimiento previsto en el art. 199.2 de la Ley Hipotecaria
art. 199.2
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Como afecta a los implicados
Los propietarios de fincas en San Sebastián de La Gomera pueden solicitar la rectificación de su descripción mediante representación gráfica georreferenciada alternativa, lo que permite ajustar la superficie registrada con mayor precisión. Las administraciones de registro deben gestionar el nuevo tipo de solicitud conforme al procedimiento establecido. Los asesores de bienes inmuebles deben informar sobre esta vía de rectificación disponible tras el cumplimiento del procedimiento legal.
Linea de vida
Recursos BMC para esta norma
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