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BOE-A-2026-12144 ·5 de junio de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Fiscal

Registradores pueden inscribir adjudicaciones de inmuebles contenidas en convenios reguladores de procesos de guarda, custodia y alimentos

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública resuelve sobre la inscribibilidad de la adjudicación de una vivienda contenida en un convenio regulador aprobado judicialmente en un procedimiento de guarda, custodia y alimentos de un hijo menor no matrimonial. La resolución analiza si la adjudicación de propiedad derivada de este tipo de acuerdos, que no son estrictamente de divorcio o separación, cumple con los requisitos de legalidad para su inscripción registral.

En 2 claves

  1. Inscribibilidad de adjudicaciones de inmuebles mediante convenio regulador aprobado en procedimientos de guarda, custodia y alimentos (Hechos I)
  2. El convenio regulador puede contener la adjudicación de propiedad de viviendas pertenecientes a los progenitores en copropiedad (Hechos I)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Progenitores en copropiedad de un inmueble
  • Existencia de procedimiento judicial de guarda, custodia y alimentos de hijo menor no matrimonial
  • Adjudicación de bienes mediante convenio regulador aprobado judicialmente

Hechos I

Cómo afecta a los implicados

Para los particulares que atraviesan procesos de separación de hecho o ruptura de parejas de hecho con hijos menores, se confirma la posibilidad de utilizar convenios reguladores de guarda y custodia para adjudicar bienes inmuebles con efectos registrales. Esto otorga seguridad jurídica a las adjudicaciones de propiedad realizadas en sede judicial fuera de los marcos de matrimonio o parejas de hecho formalmente inscritas, siempre que el convenio sea aprobado por el juzgado.

Línea de vida

2026-06-05PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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