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BOE-A-2026-12125 ·5 de junio de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Fiscal

Administraciones Públicas: es obligatorio certificar la notificación de la prórroga de embargo en el mandamiento para su inscripción registral

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública confirma que, para prorrogar una anotación preventiva de embargo, el mandamiento debe certificar expresamente quiénes han sido las personas notificadas y la forma en que se ha cumplido dicho requisito (art. 85.a RGR). La falta de constancia de la notificación al deudor y a otros interesados se considera un defecto sustancial que causa indefensión y justifica la calificación negativa del registrador (fundamentos de derecho).

En 2 claves

  1. La notificación al deudor y otros interesados es un requisito sustancial que debe constar en el mandamiento (art. 85.a RGR). (art. 85.a del RGR)
  2. La falta de certificación de la notificación permite al registrador denegar la anotación de la prórroga de embargo. (Hechos I)

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil pyme.

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

Aplica a este perfil

  • Deudores con anotaciones preventivas de embargo en sus fincas

Hechos I

Esta normativa no afecta directamente al perfil no residente.

Cómo afecta a los implicados

Para las Administraciones Públicas (como la Agencia Pública de Servicios Económicos de la Diputación de Málaga), la omisión de la certificación de notificación en los mandamientos de prórroga de embargo impide la inscripción en el Registro de la Propiedad, dejando la anotación caduca. Esto obliga a los órganos de recaudación a asegurar que cada mandamiento de prórroga cumpla estrictamente con el requisito de acreditar la notificación previa para evitar la indefensión del deudor (art. 85.a RGR).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Certificar en el mandamiento quiénes han sido las personas notificadas y la forma de cumplimiento art. 85.a del RGR

Línea de vida

2026-06-05PublicacionPublicación en el BOE
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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