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BOE-A-2026-12044 ·5 de junio de 2026 ·Real Decreto Impacto medio
Subvenciones

La Fundación César Carlos queda obligada a presentar el informe técnico de cumplimiento dentro de 3 meses

El Real Decreto 457/2026 establece que la Fundación César Carlos debe presentar un informe técnico de cumplimiento de la subvención, conforme al artículo 67 del Reglamento del Real Decreto 887/2006. Este requisito se deriva de la normativa vigente sobre subvenciones a fundaciones y centros de investigación. El plazo para la presentación se fija en 3 meses desde la concesión de la subvención.

En 2 claves

  1. La Fundación César Carlos debe presentar informe técnico de cumplimiento (art. 67 del RD 887/2006)
  2. Plazo de 3 meses para presentar el informe (art. 67 del RD 887/2006)

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil pyme.

Esta normativa no afecta directamente al perfil startup.

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

Aplica a este perfil

  • Fundación César Carlos como beneficiaria de la subvención

art. 67 del RD 887/2006

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Esta normativa no afecta directamente al perfil gran empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil no residente.

Cómo afecta a los implicados

La Fundación César Carlos debe elaborar y presentar un informe técnico de cumplimiento dentro de 3 meses, lo que implica un aumento en su carga administrativa. No afecta a empresas, autónomos ni particulares. El requisito se aplica exclusivamente a la entidad beneficiaria de la subvención, sin condiciones de tamaño o sector.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Presentar informe técnico de cumplimiento de la subvención art. 67 del RD 887/2006 3 meses desde la concesión

Línea de vida

2026-06-05PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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