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BOE-A-2026-12013 ·4 de junio de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Fiscal

Empresas de servicios: 3 meses para aplicar incrementos salariales aprobados en 2026

La resolución publica los incrementos salariales aprobados por la Comisión paritaria del Convenio colectivo de CTC Externalizacion, SLU para 2026, conforme al art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015. Estos aumentos deben aplicarse por las empresas de servicios que formen parte del convenio, dentro de un plazo de tres meses desde la publicación, según lo establecido en el Real Decreto 713/2010 y la Resolución de 1 de marzo de 2020.

En 2 claves

  1. Las empresas de servicios deben aplicar los incrementos salariales aprobados en 2026 (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)
  2. Plazo de tres meses para aplicar los aumentos salariales desde la publicación (Real Decreto 713/2010)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas de servicios
  • Afiliadas al Convenio colectivo de CTC Externalizacion, SLU

Resolución de 1 de marzo de 2020

Aplica a este perfil

  • Autónomos que trabajen en servicios y estén afiliados al convenio

Cómo afecta a los implicados

Para las empresas de servicios afiliadas al convenio, se establece un plazo claro para aplicar los nuevos salarios, lo que afecta directamente a la planificación de costes laborales. Los trabajadores reciben ajustes salariales en el periodo indicado. Los asesores deben revisar los nuevos salarios en sus contratos y ajustar las nóminas. Las administraciones no tienen un cambio directo, pero deben garantizar la transparencia en la publicación de los datos.

Línea de vida

2026-06-04PublicacionPublicación en el BOE
2026-06-04Entra en vigorEntrada en vigor (Resolución de 26 de mayo de 2026)
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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