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La Sentencia del Tribunal Supremo (TS 430/2026) nula la Sentencia de la Audiencia Nacional (AN 140/2024) y el inciso de la disposición transitoria 6 del Convenio de Exolum Aviation, publicado el 20 de junio de 2024 (art. 2). Esto obliga a las empresas del sector aeroportuario a reevaluar el Convenio colectivo y a proceder a su actualización conforme a la nueva interpretación jurídica.
Aplica a este perfil
art. 2
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Para las empresas del sector aeroportuario, se requiere una revisión del Convenio colectivo vigente, lo que implica costos administrativos y posibles ajustes en las condiciones laborales. Los trabajadores podrían ver modificadas sus condiciones de trabajo. Los asesores laborales deben actualizar sus informes y orientación jurídica. Las administraciones regionales deben supervisar la adaptación del Convenio colectivo.
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