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BOE-A-2026-11850 ·3 de junio de 2026 ·otro Impacto bajo
Fiscal

La Administración General del Estado queda obligada a anular el Real Decreto 662/2024 por vulnerar el Reglamento del Dominio Público Hidráulico

El Tribunal Supremo declara nulo el Real Decreto 662/2024 por vulnerar el Reglamento del Dominio Público Hidráulico aprobado por el Real Decreto 849/1986, específicamente la sección 6 bis del capítulo III del título II. Esta sentencia anula el régimen establecido para las plantas fotovoltaicas flotantes en embalses del dominio público hidráulico. El cambio afecta directamente a las iniciativas de producción de energía solar en embalses gestionados por la Administración General del Estado.

En 2 claves

  1. El Real Decreto 662/2024 queda nulo por vulnerar el Reglamento del Dominio Público Hidráulico (sentencia de 29 de abril de 2026)
  2. Se declara nula la sección 6 bis del capítulo III del título II del Reglamento del Dominio Público Hidráulico (sentencia de 29 de abril de 2026)

A quién afecta

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  • Proyectos de plantas fotovoltaicas flotantes en embalses del dominio público hidráulico

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  • Iniciativas de energía solar en embalses gestionados por la AGA

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  • Proyectos de energía solar flotante en embalses del dominio público

Cómo afecta a los implicados

Las empresas y autoridades que desarrollaban proyectos de plantas fotovoltaicas flotantes en embalses del dominio público hidráulico deben revisar sus planes, ya que el Real Decreto 662/2024 queda nulo. Las administraciones afectadas deben proceder a la revisión del régimen jurídico aplicable y reestructurar sus autorizaciones. Los asesores de energía deben actualizar sus recomendaciones y evitar la referencia al Real Decreto 662/2024 como base legal válida.

Línea de vida

2026-06-03PublicacionPublicación en el BOE
Sectores afectados
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