La Administración General del Estado queda obligada a anular el Real Decreto 662/2024 por vulnerar el Reglamento del Dominio Público Hidráulico
Ficha tecnica
Resumen
El Tribunal Supremo declara nulo el Real Decreto 662/2024 por vulnerar el Reglamento del Dominio Público Hidráulico aprobado por el Real Decreto 849/1986, específicamente la sección 6 bis del capítulo III del título II. Esta sentencia anula el régimen establecido para las plantas fotovoltaicas flotantes en embalses del dominio público hidráulico. El cambio afecta directamente a las iniciativas de producción de energía solar en embalses gestionados por la Administración General del Estado.
En 2 claves
- El Real Decreto 662/2024 queda nulo por vulnerar el Reglamento del Dominio Público Hidráulico (sentencia de 29 de abril de 2026)
- Se declara nula la sección 6 bis del capítulo III del título II del Reglamento del Dominio Público Hidráulico (sentencia de 29 de abril de 2026)
A quien afecta
Aplica a este perfil
- Proyectos de plantas fotovoltaicas flotantes en embalses del dominio público hidráulico
Aplica a este perfil
- Iniciativas de energía solar en embalses gestionados por la AGA
Aplica a este perfil
- Proyectos de energía solar flotante en embalses del dominio público
Como afecta a los implicados
Las empresas y autoridades que desarrollaban proyectos de plantas fotovoltaicas flotantes en embalses del dominio público hidráulico deben revisar sus planes, ya que el Real Decreto 662/2024 queda nulo. Las administraciones afectadas deben proceder a la revisión del régimen jurídico aplicable y reestructurar sus autorizaciones. Los asesores de energía deben actualizar sus recomendaciones y evitar la referencia al Real Decreto 662/2024 como base legal válida.
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Recursos BMC para esta norma
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