El Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Canarias establece las normas de reparto para la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Las Palmas de Gran Canaria (art. 5). La norma define criterios de turno directo para procesos electorales y medidas cautelares vinculadas (art. 1), así como un sistema de reparto aleatorio para el resto de materias como tributos, urbanismo, contratación y extranjería (art. 2).
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art. 5
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Para los litigantes ante este tribunal, la norma garantiza la previsibilidad en el reparto de asuntos. Los procesos electorales y aquellos vinculados a medidas cautelares previas tienen asignación directa (art. 1). En asuntos de cuantía superior a 30.000 euros, se tramitarán como procedimiento ordinario (PO), salvo en materias de personal y extranjería que siempre serán procedimientos abreviados (PA), independientemente de su cuantía (Pautas).
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