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BOE-A-2026-10858 ·20 de mayo de 2026 ·Resolución Impacto medio
Laboral

Ibermática SA: 3 meses para incorporar el título X y el anexo II al convenio colectivo

El Acuerdo de modificación del Convenio colectivo de Ibermática, SA, añade el título X y el anexo II al convenio publicado el 4 de julio de 2019. Esta modificación se regula conforme al art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 y al Real Decreto 713/2010. La actualización debe incorporarse en el registro del convenio colectivo dentro de un plazo de tres meses desde la publicación de la resolución (art. 14, 20 y añade título X y anexo II).

En 2 claves

  1. Incorporación del título X y el anexo II al convenio colectivo (art. 14, 20)
  2. Plazo de 3 meses para adaptar el registro del convenio (art. 14, 20)

Cómo afecta a los implicados

Para las empresas de Ibermática, SA, se requiere la actualización del convenio colectivo con la incorporación del título X y el anexo II. El plazo de tres meses desde la publicación de la resolución impone una obligación de adaptación en el registro del convenio. No afecta a otras empresas ni a otros sectores fuera de Ibermática.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Incorporar el título X y el anexo II al convenio colectivo art. 14, 20 3 meses desde la publicación de la resolución

Línea de vida

2026-05-20PublicacionPublicación en el BOE
2026-05-20Entra en vigorEntrada en vigor (resolución de 7 de mayo de 2026)
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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