Ir al contenido
BOE-A-2026-1067 ·17 de enero de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Fiscal

Flotas de atún rojo: la cuota de enero de 2026 será la cuota inicial de 2025 hasta nueva normativa

La Secretaría General de Pesca establece que la cuota de atún rojo a distribuir en enero de 2026 será la cuota inicial correspondiente al año 2025 (Resolución de 14 de enero de 2026). El posible incremento de la cuota previsto por la Recomendación 25-04 de la CICAA no se aplicará automáticamente, sino que se gestionará una vez entre en vigor el Reglamento de la Unión Europea aplicable (Resolución de 14 de enero de 2026). Hasta entonces, se garantizan las posibilidades de pesca asignadas a las flotas del Real Decreto 46/2019 conforme al ciclo 2023-2025.

En 3 claves

  1. La cuota a distribuir en enero de 2026 será la cuota inicial de 2025 (Resolución de 14 de enero de 2026)
  2. El incremento de la cuota se gestionará tras la entrada en vigor del Reglamento de la Unión Europea (Resolución de 14 de enero de 2026)
  3. Plazo de un mes para interponer recurso de alzada ante el Ministro (Resolución de 14 de enero de 2026)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Flotas de atún rojo previstas en el Real Decreto 46/2019
  • Listas tradicionales y flotas con pesca fortuita de atún rojo

Resolución de 14 de enero de 2026

Cómo afecta a los implicados

Para las flotas sujetas al Real Decreto 46/2019, la gestión de la cuota para el inicio de 2026 se basará en los niveles de 2025, sin incorporar de forma inmediata el incremento de la cuota española (Resolución de 14 de enero de 2026). El eventual incremento se destinará a acrecentar la cuota de las listas tradicionales y de flotas que pesquen de forma fortuita atún rojo bajo los criterios de la Ley 5/2023 (Resolución de 14 de enero de 2026).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca, y Alimentación si se disiente de la resolución artículos 121 y 122 en relación con el 112.1 de la Ley 39/2015 1 mes

Línea de vida

2026-01-17PublicacionPublicación en el BOE
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

¿Esta norma te afecta?

El equipo fiscal revisa tu situación concreta.

Hablar con el equipo fiscal
Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
Email
Contacto