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Laboral telecomunicaciones

Trabajadores del Grupo Vodafone: 3 meses para incorporar el nuevo anexo IX al convenio colectivo

BOE-A-2026-1049

Elaborado y revisado por el equipo editorial BMC  ·  Metodologia Publicado 17 ene 2026, 20:26

Ficha tecnica

Tipo
Resolucion (que es?)
Identificador
BOE-A-2026-1049
Publicacion
17 ene 2026

Resumen

El Acuerdo de modificación del II Convenio colectivo del Grupo Vodafone España añade el Anexo IX, que regula aspectos específicos de trabajo en telecomunicaciones, conforme a lo establecido en el art. 43 y la Resolución de 29 de enero de 2021. Este cambio afecta directamente a los trabajadores del grupo y requiere que las empresas actualicen sus prácticas laborales en el plazo establecido.

En 2 claves

  1. Se añade el Anexo IX al II Convenio colectivo del Grupo Vodafone España (art. 43)
  2. La modificación se basa en el Real Decreto 713/2010 y el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (art. 90.2 y 3)

A quien afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas del Grupo Vodafone
  • Trabajadores en sectores de telecomunicaciones

Aplica a este perfil

  • Autónomos vinculados al Grupo Vodafone

Aplica a este perfil

  • Empresas del Grupo Vodafone con más de 100 trabajadores

Como afecta a los implicados

Los trabajadores del Grupo Vodafone reciben nuevas condiciones laborales reflejadas en el Anexo IX, que puede incluir mejoras en horarios o condiciones de trabajo. Las empresas deben adaptar sus procesos internos y comunicar las modificaciones a sus empleados. Los asesores laborales deben revisar las condiciones de trabajo para garantizar el cumplimiento del nuevo convenio.

Que hacer y antes de cuando

Accion Referencia Plazo
Incorporar el Anexo IX al convenio colectivo en los procesos internos art. 43

Linea de vida

2026-01-17PublicacionPublicacion en el BOE

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Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Informacion, no asesoramiento.

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