La Resolución de 29 de abril de 2026 fija el porcentaje del capital social mínimo en el fútbol femenino en el 25% de la media de gastos de los clubes participantes, conforme al artículo 3.2.a) del Real Decreto 1251/1999. Este porcentaje se aplica en la competición profesional de fútbol femenino y se publica tras un cálculo realizado por el Consejo Superior de Deportes, basado en la información de los clubes participantes (art. 3.2.a). Antes, no existía una fórmula específica para este sector, lo que generaba incertidumbre en la fijación del capital social mínimo.
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Los clubes de fútbol femenino deben ajustar sus planes de capital social según el nuevo porcentaje del 25% de la media de gastos. Las administraciones deportivas y las ligas profesionales deben garantizar la transparencia en el cálculo de gastos. Los asesores de empresas deportivas deben revisar los cálculos de capital social para asegurar la conformidad con la nueva norma. Los clubes que no cumplan podrían enfrentar riesgos de no estar en condiciones de operar legalmente.
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