La Orden INT/471/2026 autoriza la concesión de subvenciones a asociaciones y fundaciones de víctimas del terrorismo para 2026, condicionada a la autorización previa del Ministerio del Interior (art. 13). La resolución del Patronato fue aprobada el 28 de abril de 2026 y su certificación emitida el 29 de abril (art. 1). El ejercicio de funciones administrativas como control y reintegro pasa a la Administración que financia mayoritariamente la subvención (art. 12.1).
Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.
Esta normativa no afecta directamente al perfil no residente.
Para asociaciones y fundaciones de víctimas del terrorismo, se activa el proceso de concesión de subvenciones en 2026, pero solo tras obtener autorización del Ministerio del Interior (art. 1). Las administraciones que financien mayoritariamente la subvención asumen funciones de control y reintegro (art. 12.1). El plazo de autorización previa es el 29 de abril de 2026, fecha de emisión de la certificación (art. 1).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Obtener autorización previa del Ministerio del Interior antes de concesión de subvenciones | art. 1 | 29 de abril de 2026 |
| Verificar que la Administración financiadora mayoritaria asuma funciones de control y reintegro | art. 12.1 |
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