La Orden APA/461/2026 establece las condiciones para el seguro de explotaciones de fresón y otros frutos rojos dentro del Plan de Seguros Agrarios Combinados (art. 1). Define como bienes asegurables las variedades de fresa, fresón, arándano, frambuesa, grosella y mora, ya sea bajo invernadero, microtúnel o al aire libre (art. 1.1). Asimismo, regula las condiciones técnicas mínimas de cultivo, como el abonado, control de malas hierbas y tratamientos fitosanitarios, necesarias para mantener la cobertura (art. 3.1).
Aplica a este perfil
art. 1.1
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art. 1.1
Para los agricultores de frutos rojos, la norma condiciona la cobertura del seguro al cumplimiento estricto de prácticas culturales (art. 3.1) y a la correcta clasificación del sistema de cultivo (art. 2.14). Los productores de arándano en Huelva tienen un régimen específico de consideración de invernadero (art. 1.1). El incumplimiento de las condiciones técnicas mínimas o de las características de las instalaciones (art. 3.1 y art. 1.3) podría comprometer la validez de la cobertura ante siniestros.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Cumplir con las condiciones técnicas mínimas de cultivo (abonado, control de malas hierbas, fitosanitarios) | art. 3.1 | |
| Asegurar que las instalaciones cumplan las características del anexo II | art. 1.3 |
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