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V5178-26 15 juillet 2026 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · base imponible

Modification de la base imposable de la TVA en cas de créance définitivement irrécouvrable

Une entité de gestion des droits d'auteur s'interroge sur la possibilité de rectifier la base imposable de la TVA lorsqu'une créance devient définitivement irrécouvrable après épuisement des voies de recouvrement. La DGT confirme que cela est possible, en appliquant la réglementation relative à la modification de la base imposable par résolution ou extinction de la créance.

La question posée

Cuestión planteada Si, en las circunstancias señaladas, procedería la modificación de la base imponible del Impuesto sobre el Valor Añadido de los créditos definitivamente incobrables en virtud de lo dispuesto en el artículo 80.Dos de la Ley 37/1992 y, en su caso, inicio del cómputo del plazo para dicha modificación.

La position de la DGT

Cuando el impago de una deuda adquiere carácter definitivo y se extingue el derecho de crédito (con su correspondiente baja contable y notificación al deudor), se produce una causa de modificación de la base imponible según el artículo 80.Dos de la Ley 37/1992. La rectificación debe realizarse en un plazo máximo de cuatro años desde la notificación al deudor de la extinción de la deuda o, si no es posible notificar, desde el intento fehaciente de dicha notificación.

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