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V5129-26 8 juillet 2026 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · fusión por absorción

Les fusions par absorption peuvent bénéficier de la neutralité fiscale si elles ne visent pas la fraude

La consultante s'interroge sur la conformité de ses opérations de fusion par absorption aux critères de motifs économiques valables pour l'application du régime spécial de neutralité fiscale. La DGT répond que, si elles s'inscrivent dans le cadre commercial du Real Decreto-ley 5/2023 et n'ont pas pour objectif principal la fraude ou l'évasion fiscale, elles peuvent bénéficier dudit régime.

La question posée

Cuestión planteada Si las operaciones de fusión por absorción descritas pueden acogerse al régimen fiscal especial previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, y, en particular, si los motivos alegados tienen la consideración de motivos económicos válidos a efectos de lo dispuesto en el artículo 89.2 de dicha Ley.

La position de la DGT

Si la operación de fusión se realiza en el ámbito mercantil según el Real Decreto-ley 5/2023 y cumple el artículo 76.1 de la LIS, podría acogerse al régimen de neutralidad fiscal. El régimen no se aplicará si el objetivo principal es el fraude o la evasión fiscal, o conseguir una ventaja fiscal espuria. La ausencia de motivos económicos válidos puede ser una presunción de fraude, pero existen otros objetivos empresariales legítimos que permiten la aplicación del régimen. En el caso concreto, la centralización de actividades y racionalización de gestión planteada permite la aplicación de la neutralidad fiscal.

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