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V4836-16 10 novembre 2016 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · rendimientos del trabajo

Déclaration des salaires au moment de leur exigibilité, sauf si le montant dépend d'une décision judiciaire

Un travailleur s'interroge sur l'obligation de déclarer dans son IRPF 2015 les salaires non perçus en raison de défauts de paiement de son entreprise. La DGT précise que seuls les montants effectivement perçus doivent être déclarés et qu'une déclaration complémentaire devra être déposée lors du paiement des sommes dues.

La question posée

Cuestión planteada -Solicita información sobre cómo debe confeccionar su declaración de IRPF del ejercicio 2015, aclarando si tiene que incluir en la misma sólo los rendimientos percibidos aunque no figuren en sus datos fiscales, o si también tiene que incluir los rendimientos que no haya percibido.

La position de la DGT

Los rendimientos del trabajo se imputan al periodo en que son exigibles. Si por circunstancias justificadas no imputables al contribuyente se perciben en periodos distintos, se imputan al ejercicio de exigibilidad mediante autoliquidación complementaria sin sanción. No obstante, si la determinación del derecho o su cuantía está pendiente de resolución judicial, los importes no satisfechos se imputarán al periodo en que la resolución adquiera firmeza.

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