Aller au contenu
Retour à l'index
V4132-16 27 septembre 2016 · SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos Critère en vigueur
IP · obligación personal

Les non-résidents de l'UE ou de l'EEE peuvent appliquer la réglementation de la Communauté autonome où se situent leurs biens

Une personne résidant au Royaume-Uni demande si elle peut appliquer la réglementation d'une Communauté autonome spécifique pour son Impôt sur la fortune. La DGT répond que les non-résidents résidant dans l'UE ou l'EEE ont le droit d'appliquer la réglementation de la Communauté autonome où se situe la valeur la plus importante de leurs biens en Espagne.

La question posée

Cuestión planteada Si la consultante puede realizar su declaración-liquidación personal del IP, en tanto que residente fiscal en España y sujeto pasivo por obligación personal, de conformidad con la normativa estatal del IP, pero considerando las especificidades en este gravamen fijadas por la Comunidad Autónoma donde radicara su última residencia en España a efectos del IRPF o, alternativamente, por la Comunidad Autónoma donde radique el mayor valor de sus bienes y derechos situados o exigibles en España, de manera similar al criterio recientemente fijado para residentes miembros de otros países de la Unión Europea sujetos pasivos por obligación real del IP.

La position de la DGT

Los contribuyentes no residentes que también sean residentes en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo tienen derecho a la aplicación de la normativa propia de la Comunidad Autónoma donde radique el mayor valor de sus bienes y derechos situados o exigibles en España. Este derecho se aplica independientemente de si el contribuyente está sujeto al impuesto por obligación real o por obligación personal. El punto de conexión para determinar la Comunidad Autónoma es la ubicación de los bienes.

Email
Contact