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V4103-16 26 septembre 2016 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · rendimientos del trabajo

Les rémunérations des administrateurs et des services dans les sociétés de construction sont des revenus du travail

La question porte sur la qualification des revenus de l'associé-administrateur et de son conjoint administrateur au sein d'une société de construction. La DGT détermine que ces rémunérations constituent des revenus du travail et non des revenus d'activités économiques.

La question posée

Cuestión planteada Se consulta la tributación que corresponde al socio y a su cónyuge en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

La position de la DGT

Las retribuciones por el cargo de administrador son rendimientos del trabajo según el artículo 17.2.e) de la LIRPF. Los ingresos por servicios distintos al de administrador en una sociedad de construcción son también rendimientos del trabajo, al no cumplir los requisitos de actividades económicas del artículo 27.1 de la LIRPF. Esta calificación se aplica también a los servicios de administrativo prestados por el cónyuge. Las operaciones entre vinculados deben valorarse por su valor normal de mercado.

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