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V3774-16 8 septembre 2016 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · aportación no dineraria

Possibilité d'appliquer le régime spécial des apports en nature en présence de motifs économiques valables

Une personne physique s'interroge sur la possibilité de soumettre l'apport de parts sociales d'une entité à une autre au régime spécial de la LIS. La DGT précise que cela est possible sous réserve du respect des conditions de participation et de détention, et que l'opération ne doit pas avoir pour objectif principal l'avantage fiscal.

La question posée

Cuestión planteada Si la operación descrita podría acogerse al régimen fiscal especial previsto en el Capítulo VII del título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

La position de la DGT

Para aplicar el régimen especial de aportaciones no dinerarias, la entidad receptora debe ser residente en España y el aportante debe poseer las participaciones ininterrumpidamente durante el año anterior. Además, el aportante debe mantener una participación de al menos el 5% en los fondos propios de la entidad receptora tras la operación. La operación no debe tener como objetivo principal el fraude o la evasión fiscal, requiriéndose motivos económicos válidos como la reestructuración o racionalización de actividades.

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