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V3524-19 23 décembre 2019 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · aportación no dineraria

Application du régime spécial des apports en nature sous réserve du respect des conditions de l'IS et de motifs économiques valables

Une personne physique s'interroge sur la possibilité de bénéficier du régime spécial des apports en nature lors de l'apport de ses participations dans une entité de recherche à une autre entité. La DGT précise que cette option est envisageable si les conditions relatives à la participation et à la détention sont remplies et si les motifs économiques invoqués sont justifiés.

La question posée

Cuestión planteada Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal previsto en el capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades y si existen motivos económicos válidos.

La position de la DGT

Para aplicar el régimen especial del artículo 87 de la LIS, la entidad receptora debe ser residente en España, el aportante debe mantener al menos un 5% de los fondos propios de la entidad receptora tras la operación, y las participaciones aportadas deben representar al menos un 5% de los fondos propios de la entidad aportante y haber sido poseídas ininterrumpidamente durante el año anterior. Asimismo, la operación no debe tener como objetivo principal el fraude o la evasión fiscal, debiendo sustentarse en motivos económicos válidos según el artículo 89.2 de la LIS. Los motivos de reorganización y control patrimonial podrían considerarse válidos, aunque su calificación final depende de los hechos y circunstancias de la operación.

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