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V3437-20 27 novembre 2020 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · atribución de rentas

La subvention pour l'adaptation des antennes de télévision est attribuée aux propriétaires en tant que gain patrimonial

Le traitement fiscal d'une subvention destinée à compenser les coûts d'adaptation des antennes de télévision accordée à une copropriété a été examiné. La DGT précise que la subvention est attribuée à chaque propriétaire selon son coefficient de participation et qualifie ce revenu de gain patrimonial.

La question posée

Cuestión planteada Tratamiento fiscal en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de la ayuda para compensar los costes derivados de la adaptación de las antenas de televisión afectadas por el proceso de liberalización de la banda de frecuencias 694-790 Mhz (segundo dividendo digital), concedida a una comunidad de propietarios.

La position de la DGT

Las comunidades de propietarios son entidades en régimen de atribución de rentas y no contribuyentes del IRPF. La subvención recibida se atribuye a cada propietario según su coeficiente de participación o lo dispuesto en los estatutos. Esta renta tiene la naturaleza de ganancia patrimonial. Los propietarios no estarán obligados a declarar si la ganancia patrimonial no supera el límite conjunto de 1.000 euros anuales junto con otras rentas específicas.

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