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V3338-19 4 décembre 2019 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · pérdidas patrimoniales

Le défaut de recouvrement d'une créance ne génère pas automatiquement une perte patrimoniale

La consultante s'interroge sur la possibilité de déclarer des pertes patrimoniales liées à des investissements dans des sociétés en procédure de conciliation et de liquidation. La DGT répond que le défaut de paiement ne constitue pas une perte automatique, mais que les dispositions relatives à la règle spéciale d'imputation temporelle pour les créances non recouvrées doivent être respectées.

La question posée

Cuestión planteada Posibilidad de computar pérdidas patrimoniales por los importes invertidos y no recuperados.

La position de la DGT

La falta de pago de un deudor no genera automáticamente una pérdida patrimonial porque persiste el derecho de crédito. Las pérdidas por créditos vencidos y no cobrados solo pueden imputarse cuando concurra una quita en un acuerdo de refinanciación o convenio concursal, cuando concluya el procedimiento concursal sin satisfacer el crédito (salvo excepciones legales), o cuando pase un año desde el inicio de un procedimiento judicial de ejecución sin satisfacción del crédito. Si el crédito se cobra después, se imputará la ganancia patrimonial en el periodo en que se produzca el cobro.

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