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V3228-20 28 octobre 2020 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · canje de valores

Application du régime spécial d'échange de valeurs sous réserve du respect de la LIS et de motifs économiques valables

Deux frères s'interrogent sur la possibilité d'assujettir l'apport de parts de leurs sociétés à une nouvelle holding au régime spécial d'échange de valeurs. La DGT précise que cela est possible dès lors que les conditions légales sont remplies et que l'opération n'a pas pour objectif principal la fraude ou l'avantage fiscal.

La question posée

Cuestión planteada Si las aportaciones no dinerarias descritas cumplen los requisitos para aplicar el régimen especial del Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

La position de la DGT

Para aplicar el régimen especial de canje de valores, la entidad beneficiaria debe adquirir participaciones que le permitan obtener la mayoría de los derechos de voto y cumplir los requisitos del artículo 80 de la LIS. No se aplicará el régimen si la operación tiene como principal objetivo el fraude o la evasión fiscal, o si no se efectúa por motivos económicos válidos. Los motivos de centralización de gestión, eficiencia organizativa y eficacia en la gestión de valores podrían considerarse económicamente válidos, aunque su calificación depende de los hechos y circunstancias de la operación.

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