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V3209-18 18 décembre 2018 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · reducción del 30 por 100

Inapplicabilité de la réduction de 30 % pour retraite anticipée sans période de génération supérieure à deux ans

La DGT examine si une prime de retraite anticipée versée par une Diputación Provincial permet de bénéficier de la réduction de 30 % prévue à l'article 18.2 de la LIRPF. L'administration conclut que cette réduction ne peut être appliquée car le revenu ne respecte pas la condition d'une période de génération excédant deux ans.

La question posée

Cuestión planteada Aplicación de la reducción del 30 por 100 del artículo 18.2 de la Ley 35/2006.

La position de la DGT

Para aplicar la reducción, el rendimiento debe tener un periodo de generación superior a dos años, lo que requiere que el rendimiento esté vinculado a una antigüedad mínima en la empresa de ese periodo y que el pacto que lo establece supere también los dos años. En este caso, la gratificación nace de la opción individual de jubilación anticipada basada en la edad y no de una antigüedad previa en la prestación de servicios. Por tanto, no existe una generación previa del rendimiento que permita aplicar la reducción.

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