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V3150-14 24 novembre 2014 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · régimen especial de fusiones

Application du régime spécial des fusions pour des motifs économiques valables et non exclusivement fiscaux

Une société a interrogé l'administration sur la possibilité d'appliquer le régime spécial de l'impôt sur les sociétés lors d'une fusion visant à centraliser la gestion immobilière. La DGT conclut que les motifs invoqués sont économiquement valables et que les actifs ainsi que les titres des associés conservent leur valeur et leur ancienneté.

La question posée

Cuestión planteada Si procede la aplicación del régimen especial del capítulo VIII del título VII del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, a la operación planteada. Y si los motivos alegados tienen la consideración de económicamente válidos a estos efectos. En concreto, si la entidad absorbente se subroga en el valor y antigüedad de los activos recibidos y si los valores recibidos por los socios de la absorbida conservarán el valor y antigüedad de los originarios.

La position de la DGT

La operación puede acogerse al régimen especial del TRLIS si cumple los requisitos mercantiles y fiscales, siempre que no tenga como fin principal el fraude o la ventaja fiscal. Los motivos de centralización y ahorro de costes se consideran económicamente válidos. Los bienes adquiridos mantienen el valor y la fecha de adquisición de la transmitente, y los socios conservan la valoración y antigüedad de los valores entregados. No obstante, las bases imponibles negativas no serán compensables en la parte que hayan generado un deterioro de valor deducible en la sociedad transmitente.

L’appliquer à un cas réel

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