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V3097-18 29 novembre 2018 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · exención

L'exonération pour travail à l'étranger ne s'applique pas aux allocations chômage

Un travailleur demande si l'exonération liée aux déplacements à l'étranger peut s'appliquer à son allocation chômage et comment calculer la répartition proportionnelle. La DGT répond que l'allocation chômage n'est pas exonérée et précise la méthode de calcul pour les autres rémunérations.

La question posée

Cuestión planteada A efectos de calcular la renta exenta por aplicación de la letra p) del artículo 7 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, si debe tener en cuenta las retribuciones pagadas por la universidad y excluir los rendimientos devengados al margen de una relación laboral (la prestación por desempleo) y qué base debe tomar a efectos de aplicar el criterio de reparto proporcional.

La position de la DGT

La exención del artículo 7.p) de la LIRPF solo se aplica a las remuneraciones que se correspondan específicamente con los trabajos realizados en el extranjero. La prestación por desempleo no deriva directamente de un trabajo realizado en el extranjero, por lo que no goza de exención. Para las retribuciones no específicas, se debe dividir el total anual entre el número de días del año y multiplicar ese cociente por los días de estancia en el extranjero. Las retribuciones específicas por el desplazamiento sí están exentas.

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