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V2954-19 23 octobre 2019 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · régimen especial de fusiones

Une fusion peut bénéficier du régime spécial de l'IS sous réserve de conditions commerciales et de motifs économiques valables

La question porte sur l'éligibilité au régime spécial de l'IS d'une fusion par laquelle la société A absorbe l'intégralité de la société B. La DGT précise que l'opération doit respecter le droit des sociétés ainsi que les conditions de l'article 76.1 de la LIS, et ne pas avoir pour objectif principal l'obtention d'un avantage fiscal.

La question posée

Cuestión planteada Si la operación de fusión, tal y como ha sido descrita, se calificaría objetivamente dentro del régimen especial previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

La position de la DGT

Para aplicar el régimen especial de fusiones, la operación debe realizarse bajo la Ley 3/2009 y cumplir el artículo 76.1 de la LIS. No se aplicará el régimen si el objetivo principal es el fraude o la evasión fiscal, o si no existen motivos económicos válidos como la reestructuración o racionalización de actividades. Los motivos de simplificación, eficiencia y solvencia descritos podrían considerarse económicamente válidos, aunque su calificación final depende de los hechos.

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