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V2920-15 7 octobre 2015 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · aportación no dineraria

Application du régime spécial des apports en nature sous conditions de participation et de motifs économiques

La DGT examine si l'apport de parts sociales par des personnes physiques à une société peut bénéficier du régime spécial de la LIS. L'administration confirme que cela est possible à condition de maintenir une participation minimale de 5 % dans les capitaux propres et que l'opération réponde à des motifs économiques valables.

La question posée

Cuestión planteada Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal especial del capítulo VII del Título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades 27/2014, de 27 de noviembre.

La position de la DGT

Para aplicar el régimen especial de aportaciones no dinerarias, la entidad receptora debe ser residente en España y el aportante debe participar en sus fondos propios en al menos un 5%. El porcentaje de participación puede ser el mismo antes y después de la aportación. Además, la operación debe realizarse por motivos económicos válidos, como la reestructuración o planificación sucesoria, y no con el fin de obtener una ventaja fiscal.

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