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V2849-16 22 juin 2016 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · deducción por inversión en vivienda habitual

Inapplicabilité du régime transitoire de la déduction pour investissement dans la résidence principale lors d'une extinction de copropriété après 2012

Un contribuable s'interroge sur la possibilité d'appliquer la déduction pour investissement dans la résidence principale à la part du logement acquise en 2015 par voie d'extinction d'indivision. La DGT répond que cette déduction ne peut s'appliquer à cette nouvelle quote-part, car la condition d'avoir bénéficié de ladite déduction pour cette part spécifique avant 2013 n'a pas été remplie.

La question posée

Cuestión planteada A. Si le es de aplicación el régimen transitorio de la deducción por inversión en vivienda habitual, permitiéndole practicarla en función de las cantidades que satisfaga relacionadas con la parte indivisa adquirida con posterioridad a 2012, por adjudicación en la disolución del proindiviso, en particular con las vinculadas con la mitad del nuevo préstamo hipotecario -con el que continúa financiando la adquisición de la vivienda-, y que se correspondería con la citada mitad indivisa.

La position de la DGT

La deducción por inversión en vivienda habitual solo es aplicable a la parte de la vivienda adquirida o construida con anterioridad a 2013, siempre que se haya practicado la deducción por dicha parte en periodos anteriores. Respecto a la cuota indivisa adquirida posteriormente por extinción de condominio, no es posible aplicar el régimen transitorio. No obstante, las cantidades pagadas por un nuevo préstamo que sustituya al anterior sí son deducibles en la parte proporcional que corresponda a la amortización del préstamo original destinado a la adquisición de la parte de la vivienda que sí cumple los requisitos.

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