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V2836-18 26 octobre 2018 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · sujeción

L'attribution d'un terrain urbain non bâti suite à une exécution hypothécaire est soumise à la TVA au taux de 21 %

Des consultants ont acquis, par voie d'attribution après une vente aux enchères infructueuse, une quote-part indivise d'un terrain urbain non bâti. L'administration fiscale répond que, si la société commerciale est assujettie et que le bien est affecté à son activité, l'opération est soumise à la TVA au taux de 21 %.

La question posée

Cuestión planteada Sujeción de la adjudicación al Impuesto sobre el Valor Añadido o al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas y Actos Jurídicos Documentados. En el primer caso, posibilidad de compensar la cuota del Impuesto que les repercutirá la sociedad mercantil con parte del crédito hipotecario contra la misma del que los consultantes seguirán siendo titulares. En el segundo caso, base imponible del Impuesto.

La position de la DGT

La transmisión de un suelo urbano no edificado por una sociedad mercantil en una ejecución hipotecaria está sujeta al IVA si la sociedad es empresario y el inmueble está afecto a su actividad. No se aplican las exenciones del artículo 20.Uno.20º ni del 20.Uno.22º de la Ley 37/1992 porque el terreno es urbano y no contiene una edificación. La posibilidad de compensar la cuota del impuesto con el crédito pendiente se rige por el Código Civil y no por la normativa tributaria.

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