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V2823-18 26 octobre 2018 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · unidad familiar

Choix entre le minimum pour descendants ou le régime d'allocations pour enfants non cohabitants

Un contribuable s'interroge sur sa situation après un divorce, notamment concernant l'unité familiale, les minimums pour descendants et handicap, ainsi que les déductions applicables. La DGT précise les modalités d'application de ces concepts lorsque les enfants ne résident pas avec lui mais qu'il perçoit des aliments en vertu d'une décision judiciaire.

La question posée

Cuestión planteada - Incidencia en el cálculo del tipo de retención a practicar por el empleador del consultante, de las cantidades pagadas a su ex cónyuge en concepto de pensión compensatoria, así como si incide el hecho de tener dos hijos que dependen económicamente de él, estando uno de ellos incapacitado y teniendo en cuenta que el otro hijo está estudiando.

La position de la DGT

Para hijos que no conviven pero reciben alimentos por resolución judicial, el progenitor puede optar por el mínimo por descendientes o por el régimen de anualidades por alimentos. Si el hijo es mayor de edad y no convive, el progenitor puede aplicar el mínimo por descendientes si es menor de 25 años y lo sostiene económicamente. En el caso de hijos con discapacidad que conviven con el otro progenitor, el mínimo por descendientes se prorrateará entre ambos progenitores. La deducción por descendiente con discapacidad se prorrateará si ambos progenitores tienen derecho a ella.

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