Aller au contenu
Retour à l'index
V2720-19 4 octobre 2019 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · canje de valores

Application du régime d'échange de valeurs sous réserve du respect de la LIS et de la validité des motifs économiques

Une consultation porte sur la qualification en échange de valeurs de l'apport de participations de différentes sociétés à une nouvelle holding, ainsi que sur la validité des motifs économiques invoqués. La DGT précise que le régime spécial peut s'appliquer si la majorité des droits de vote est obtenue et que les conditions légales sont remplies, à condition que les motifs économiques soient valides.

La question posée

Cuestión planteada Si la aportación de las participaciones de las distintas sociedades existentes a una nueva sociedad holding se encuentra dentro del régimen especial del Capítulo VII del Título VII de la LIS, en concreto si sería una operación de canje de valores. Y si se considera que los motivos expuestos para la realización de ambas operaciones lo son en términos económicos válidos para aplicar el citado régimen especial.

La position de la DGT

Para que la operación sea un canje de valores, la entidad debe adquirir participaciones que le permitan obtener la mayoría de los derechos de voto o aumentar su participación actual. La aplicación del régimen especial requiere el cumplimiento de los requisitos del artículo 80 de la LIS y que la operación no tenga como principal objetivo el fraude o la evasión fiscal. Los motivos alegados para la reorganización podrían considerarse económicamente válidos, aunque esto depende de la comprobación de los hechos y circunstancias reales de la operación.

Email
Contact