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V2689-23 3 octobre 2023 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · recargo de equivalencia

Les ventes via des points de gestion déléguée sont prises en compte pour le seuil du supplément d'équivalence

La consultante s'interroge sur le fait de savoir si les ventes réalisées dans des points de gestion déléguée sont incluses dans le plafond de chiffre d'affaires de la TVA et si elles doivent être déclarées via le modèle 347. La DGT confirme qu'elles sont comptabilisées dans le calcul du seuil et que l'obligation de déclaration au modèle 347 dépend du dépassement des montants fixés.

La question posée

Cuestión planteada Desea conocer si, a efectos del límite de facturación que determina el régimen de tributación en el ámbito del Impuesto sobre el Valor Añadido, deben ser tenidos en cuenta los puntos de gestión delegada. Además, conocer si dichos puntos de gestión delegada se deben informar en la declaración anual de operaciones con terceras personas (modelo 347).

La position de la DGT

Para determinar el límite de facturación del régimen especial del recargo de equivalencia, deben tenerse en cuenta las entregas de bienes realizadas a los puntos de gestión delegada. Respecto al modelo 347, la obligación de informar sobre operaciones con terceros existe si se superan los umbrales de 3.005,06 euros en entregas o 300,51 euros en adquisiciones. No obstante, las personas físicas en régimen de estimación objetiva que tributen simultáneamente por el recargo de equivalencia están excluidas de esta obligación, salvo por las operaciones por las que emitan factura.

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