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V2674-15 16 septembre 2015 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · rendimientos del trabajo

Les associés de coopératives de travail associé sont imposés comme revenus du travail et l'exonération de TVA s'applique sous conditions

Une consultation porte sur la qualification fiscale des associés d'une coopérative de travail associé au titre de l'IRPF et sur l'assujettissement à la TVA de leurs prestations. La DGT précise que la norme spéciale relative aux coopératives prévaut pour l'IRPF et que les services fournis dans le cadre de relations de travail salarié ne sont pas assujettis à la TVA.

La question posée

Cuestión planteada Si resulta de aplicación a los socios de la cooperativa el párrafo tercero del apartado primero del artículo 27 de la Ley del Impuesto, introducido por la Ley 26/2015, y tributación en el IVA por los servicios prestados por los socios a la cooperativa.

La position de la DGT

En IRPF, se consideran rendimientos del trabajo las retribuciones de los socios de cooperativas de trabajo asociado, según el artículo 28.1 de la Ley de Régimen Fiscal de las Cooperativas, lo que impide aplicar la consideración de actividad económica del artículo 27.1 de la Ley del IRPF. Respecto al IVA, los servicios prestados por los socios a la cooperativa de trabajo asociado no están sujetos al impuesto siempre que se realicen en el ámbito de las relaciones de trabajo dependiente.

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