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V2396-24 25 novembre 2024 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · gasto excepcional

Les montants indûment prélevés par un administrateur sont déductibles en tant que charge exceptionnelle en impôt sur les sociétés

Une société s'interroge sur la déductibilité des factures émises par un administrateur ayant retiré des fonds sans contrepartie. La DGT détermine qu'en cas d'appropriation indue potentielle, l'entreprise doit comptabiliser la perte comme une charge exceptionnelle, laquelle sera fiscalement déductible.

La question posée

Cuestión planteada ¿Se deben imputar los importes de las facturas como gasto deducible en el Impuesto sobre Sociedades?

La position de la DGT

El gasto excepcional derivado de la sustracción indebida de cantidades por parte del administrador único es deducible en el Impuesto sobre Sociedades. Dicho gasto debe imputarse en el periodo impositivo del ejercicio en que se produzca la detracción indebida. Si posteriormente la sociedad recupera las cantidades por sentencia o cualquier otro medio, deberá registrar el ingreso y tributar por él en el periodo en que se reconozca el derecho a percibirlo.

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