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V2375-24 20 novembre 2024 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · subvenciones

Le traitement comptable des subventions selon le PGC s'applique à l'assiette de l'impôt sur les sociétés

La consultante demande si le critère d'imputation des subventions du Plan Général de Comptabilité (NRV 18ª) est conforme à la Loi sur l'impôt sur les sociétés. La DGT répond qu'en l'absence de règles fiscales rectifiant ce critère, le traitement comptable doit être appliqué sur le plan fiscal.

La question posée

Cuestión planteada Confirmar que el criterio contable de imputación previsto en la NRV 18ª del PGC, es acorde con los dispuesto en la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

La position de la DGT

La base imponible del Impuesto sobre Sociedades se calcula partiendo del resultado contable, aplicando los ajustes fiscales necesarios. Dado que la normativa del Impuesto sobre Sociedades no contiene preceptos para corregir el criterio de imputación de las subvenciones previsto en la NRV 18ª del PGC, dicho tratamiento contable es el que debe asumirse fiscalmente. Por tanto, los ingresos por subvenciones deben integrarse en la base imponible en el ejercicio en que se hayan devengado según la normativa contable.

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