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V2359-20 10 juillet 2020 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · régimen especial

L'apport d'actifs peut bénéficier du régime spécial de l'IS sous réserve du respect des conditions légales et économiques

La DGT examine si un apport de participations peut être soumis au régime spécial des réorganisations sociétales et si des motifs économiques valables existent. L'administration précise que cela est possible si les conditions de résidence et de participation minimale sont remplies, et si l'opération n'a pas pour objectif principal la fraude ou l'avantage fiscal.

La question posée

Cuestión planteada Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades y si existen motivos económicos válidos.

La position de la DGT

Para aplicar el régimen especial del Capítulo VII del Título VII de la LIS, la entidad que recibe la aportación debe ser residente en España o tener un establecimiento permanente, y la aportante debe mantener una participación de al menos el 5% en los fondos propios de la entidad receptora. Asimismo, la operación no debe tener como principal objetivo el fraude o la evasión fiscal, debiendo realizarse por motivos económicos válidos como la reestructuración o racionalización de actividades. Los motivos alegados por el consultante podrían considerarse válidos, aunque su calificación final depende de la comprobación de todos los hechos y circunstancias por la Administración.

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