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V2344-23 28 août 2023 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · escisión parcial

Régime spécial de scission partielle : nécessité de scinder une branche d'activité autonome

La DGT examine si la scission d'une activité immobilière d'une société prestataire de services cliniques peut être qualifiée de scission partielle sous le régime spécial de l'impôt sur les sociétés. La Direction générale des tributs précise que le patrimoine transféré doit constituer une branche d'activité capable de fonctionner de manière autonome et ne pas avoir pour objectif principal la fraude fiscale.

La question posée

Cuestión planteada Si la operación proyectada puede configurarse a efectos fiscales como operación de escisión parcial definida por el artículo 76.2.1.b) de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, y, por tanto, quedar amparada por el régimen especial establecido en el Capítulo VII del Título VII de dicha Ley.

La position de la DGT

La escisión parcial requiere que el patrimonio segregado sea una rama de actividad, entendida como un conjunto de elementos capaz de funcionar por sus propios medios. Esta rama debe estar previamente identificada en la entidad transmitente mediante una organización empresarial diferenciada. Además, la operación no podrá acogerse al régimen especial si su objetivo principal es el fraude o la evasión fiscal sin motivos económicos válidos.

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