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V2294-20 6 juillet 2020 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · aportación no dineraria

Application du régime spécial des apports en nature : participation minimale de 5 % au capital social requise

Les personnes physiques s'interrogent sur la possibilité d'assujettir l'apport d'actions de leurs sociétés à de nouvelles entités au régime spécial de la LIS. La DGT précise que ce régime ne peut être appliqué que par ceux qui apportent au moins 5 % des fonds propres de l'entité bénéficiaire et respectent les autres conditions légales.

La question posée

Cuestión planteada 1.) Si las operaciones descritas podrían acogerse al régimen fiscal previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, y si existen motivos económicos válidos.

La position de la DGT

El régimen especial de aportaciones no dinerarias exige que las participaciones aportadas representen al menos el 5% de los fondos propios de la entidad receptora y que se posean ininterrumpidamente durante el año anterior. Asimismo, tras la aportación, el contribuyente debe mantener una participación de al menos el 5% en los fondos propios de la entidad que recibe. La aplicación de este régimen queda excluida si la operación tiene como principal objetivo el fraude o la evasión fiscal sin motivos económicos válidos.

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