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V2260-24 22 octobre 2024 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · entidades sin fines lucrativos

Les revenus des activités de formation en ligne d'une fondation peuvent être exonérés de l'impôt sur les sociétés

Une fondation s'interroge sur l'éventuelle exonération de l'impôt sur les sociétés pour les revenus issus de projets de formation (cours et séminaires en ligne) visant à diffuser des connaissances sur l'AVC. La DGT répond que ces revenus sont exonérés dès lors qu'ils sont réalisés conformément à l'objet social de la fondation.

La question posée

Cuestión planteada 1º) Si en el caso de que el desarrollo y ejecución de los Proyectos X se traspasase por la Asociación de la Fundación, las rentas obtenidas por esta última como consecuencia de la ejecución de los mismos podrían calificarse como exentas del Impuesto sobre Sociedades al amparo del artículo 7 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

La position de la DGT

Las explotaciones económicas de organización de cursos o seminarios están exentas del Impuesto sobre Sociedades según el artículo 7.8 de la Ley 49/2002. En este caso, la actividad formativa online para difundir conocimiento sobre el ictus se considera exenta al cumplir con el objeto fundacional de la entidad. Asimismo, estas rentas exentas permiten cumplir el requisito de destinar al menos el 70% de los ingresos a los fines de la entidad.

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