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V2209-20 30 juin 2020 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · indemnización por despido

L'indemnité de licenciement collectif est exonérée dans la limite du Statut des travailleurs ou de 180 000 euros, selon le montant le plus bas

Une salariée s'est renseignée sur le traitement fiscal d'une indemnité de licenciement collectif perçue de manière fractionnée. La DGT précise que la part exonérée est soumise à des limites légales et que l'excédent est imposé comme revenu du travail, avec la possibilité d'appliquer une réduction si certaines conditions sont remplies.

La question posée

Cuestión planteada Tratamiento fiscal, por el IRPF, de la indemnización por extinción de la relación laboral. Aplicación de lo dispuesto en los artículos 7 e) y 18.2 de la Ley del Impuesto.

La position de la DGT

La indemnización por despido colectivo está exenta en la cuantía que no supere el límite del Estatuto de los Trabajadores para el despido improcedente o 180.000 euros, según el menor de ambos. El exceso tributa como rendimiento del trabajo y puede aplicar una reducción del 30% si el cociente entre el periodo de generación y los periodos de fraccionamiento es superior a dos. Para el cálculo del fraccionamiento, se deben incluir todos los ejercicios en los que se perciba la indemnización, incluso los exentos.

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