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V2208-16 23 mai 2016 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · rendimientos del trabajo

Les rémunérations d'un administrateur et les services fournis par une SL unipersonnelle sont des revenus du travail

Un consultant souhaitant créer une société de transport unipersonnelle s'interroge sur la fiscalité de ses services et les retenues applicables. La DGT détermine que les honoraires d'administrateur ainsi que les revenus issus des services de transport constituent des revenus du travail.

La question posée

Cuestión planteada Se consulta la tributación que corresponde al consultante por los servicios prestados a la sociedad y el tipo de retención que le resultará aplicable.

La position de la DGT

Las retribuciones por el cargo de administrador son rendimientos del trabajo según el artículo 17.2 LIRPF. Los ingresos por servicios distintos al cargo de administrador, al no cumplir los requisitos de actividades económicas del artículo 27.1 LIRPF, también se consideran rendimientos del trabajo. El pago de las cotizaciones de autónomo por parte de la sociedad constituye una mayor retribución en concepto de rendimiento del trabajo. Las operaciones entre vinculadas deben valorarse por su valor normal de mercado.

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