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V2197-20 29 juin 2020 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · exención por trabajos en el extranjero

Conditions d'application de l'exonération pour les travaux effectués à l'étranger

Une entreprise s'interroge sur l'exonération de l'impôt sur le revenu (IRPF) concernant les indemnités de déplacement de salariés en Algérie. La DGT précise que l'exonération est possible si les travaux sont effectués pour une entité non résidente et si les conditions relatives aux services intragroupe sont remplies.

La question posée

Cuestión planteada Si resulta de aplicación la exención prevista en la letra p) del artículo 7 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y forma de cálculo de la renta exenta.

La position de la DGT

La exención del artículo 7.p) de la LIRPF requiere que los trabajos se realicen efectivamente en el extranjero para una entidad no residente o establecimiento permanente en el exterior. Si el destinatario es una entidad vinculada, el servicio debe producir una ventaja o utilidad a la entidad no residente según la LIS. La exención se aplica a las retribuciones devengadas durante los días de estancia y a las retribuciones específicas, con un límite de 60.100 euros anuales. El cálculo de la parte no específica se realiza mediante un reparto proporcional por el número de días del año.

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