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V2197-18 24 juillet 2018 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · gastos de personal

Déductibilité des charges de personnel liées aux instruments de capitaux propres lors de la livraison

Une entreprise espagnole a sollicité l'avis de la DGT concernant la déductibilité des charges de personnel liées à des paiements fondés sur des instruments de capitaux propres émis par sa société mère française. La DGT précise que ces charges ne sont pas déductibles lors des exercices de comptabilisation, mais uniquement au cours de la période où la livraison effective des instruments intervient.

La question posée

Cuestión planteada Si en el ámbito del Impuesto sobre Sociedades, y a los efectos de la determinación de la base imponible, el gasto de personal que la entidad consultante tiene obligación de registrar contablemente, de conformidad con la normativa mercantil y contable, por las operaciones de pagos a sus empleados en instrumentos de patrimonio concedidos por la matriz francesa, por haberse cumplido con los objetivos y requisitos establecidos en el plan, son gastos fiscalmente deducibles a efectos del Impuesto sobre Sociedades por aplicación de lo establecido en los artículos 10.3 y 14.6 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

La position de la DGT

Los gastos de personal por pagos basados en instrumentos de patrimonio, utilizados como retribución y satisfechos mediante la entrega de los mismos, son fiscalmente deducibles cuando se produzca dicha entrega. Por tanto, en los ejercicios donde se reconozca el gasto contablemente pero no se entreguen los instrumentos, se debe realizar un ajuste positivo en la base imponible. El gasto será deducible en el periodo impositivo en que se produzca la entrega de los instrumentos de patrimonio.

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