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V2160-16 19 mai 2016 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · atribución de rentas

Les communautés de biens continuent d'être imposées par attribution de revenus et non par l'impôt sur les sociétés

Une question a été posée pour savoir si une communauté de biens dédiée à la réparation de machines doit être soumise à l'impôt sur les sociétés ou conserver le régime d'attribution de revenus. La DGT répond qu'en tant que communauté de biens et non société civile dotée de la personnalité juridique et d'un objet commercial, elle doit continuer à être imposée par attribution de revenus.

La question posée

Cuestión planteada Si a partir del 1 de enero de 2016 esta comunidad de bienes debe tributar por el Impuesto sobre Sociedades o continuará como hasta la fecha calculando el rendimiento según el método de estimación directa simplificada en régimen de atribución de rentas de acuerdo con el porcentaje de participación que corresponda a cada comunero.

La position de la DGT

Para ser contribuyente del Impuesto sobre Sociedades, una sociedad civil debe tener personalidad jurídica y objeto mercantil. La personalidad jurídica fiscal requiere que la entidad se haya manifestado ante la Administración mediante escritura pública o documento privado aportado para la asignación del NIF. El objeto mercantil implica realizar actividades de producción, intercambio o servicios no excluidas (como las agrícolas o profesionales). Al no ser una sociedad civil con estas características, la comunidad de bienes tributa por atribución de rentas.

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