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V2156-16 19 mai 2016 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · atribución de rentas

Les communautés de biens sont soumises au régime de l'attribution de revenus et non à l'impôt sur les sociétés

Une question a été posée pour savoir si une communauté de biens constituée pour la location d'immeubles doit être soumise à l'impôt sur les sociétés depuis 2016. La DGT répond que les communautés de biens demeurent soumises au régime de l'attribution de revenus.

La question posée

Cuestión planteada Si la comunidad de bienes descrita en los hechos de la consulta debe tributar por el Impuesto sobre Sociedades a partir de 2016.

La position de la DGT

Para ser contribuyente del Impuesto sobre Sociedades, una sociedad civil debe tener objeto mercantil y personalidad jurídica a efectos fiscales. La personalidad jurídica requiere que los pactos no sean secretos y que la entidad se manifieste ante la Administración mediante escritura pública o documento privado aportado para la asignación del NIF. El objeto mercantil implica realizar actividades de producción, intercambio o prestación de servicios, excluyendo actividades agrícolas, ganaderas, forestales, mineras y profesionales. Las comunidades de bienes, al no ser sociedades civiles con objeto mercantil, tributan por atribución de rentas.

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